Quito implementará cambios significativos en el esquema tarifario del transporte público a partir de 2027, tras la aprobación de una nueva ordenanza por parte del Concejo Metropolitano. La reforma establece que las personas con discapacidad pagarán un valor equivalente al 50% de la tarifa general vigente, lo que representa un incremento respecto a la cifra fija anterior. Esta modificación busca alinear el beneficio local con la normativa nacional y vincular los subsidios al cumplimiento de estándares de calidad por parte de los operadores.
De la tarifa fija al porcentaje del valor actual
Hasta antes de esta reforma, las personas con discapacidad contaban con una tarifa fija de 10 centavos. Álex Pérez, secretario de Movilidad, explicó que este monto se estableció cuando el pasaje general costaba 25 centavos y permaneció sin ajustes pese a posteriores incrementos en la tarifa base. Bajo el nuevo modelo, cuyo valor general para 2027 está previsto en 40 centavos, el costo para las personas con discapacidad quedará fijado en 20 centavos.
Pérez sostuvo que esta decisión responde estrictamente a la Ley Orgánica de Transporte Terrestre y al marco legal nacional sobre derechos de las personas con discapacidad. Según detalló, dicho normativa establece un beneficio del 50% sobre la tarifa vigente como estándar obligatorio. El funcionario afirmó que el tema fue analizado en mesas de trabajo durante la aprobación de la ordenanza y contó con pronunciamientos jurídicos previos.
Controversia jurídica y acción de inconstitucionalidad
No obstante, la medida ha generado un frente jurídico. El 21 de septiembre, Andrés Campaña, representante del movimiento Imparables, junto a personas con discapacidad y el Cabildo Cívico de Quito, presentaron una acción de inconstitucionalidad contra la Ordenanza 127-2026. Los accionantes cuestionan la eliminación del capítulo del Código Municipal que regulaba específicamente la tarifa preferencial.
Campaña argumenta que el paso de 10 a 20 centavos implica un incremento del 100% y constituye una regresión en los derechos garantizados por la Constitución, que reconoce a las personas con discapacidad como grupo prioritario. Solicitan a la Corte Constitucional declarar inconstitucional dicha disposición para restablecer el valor anterior, como contamos en Pico y placa en Quito este 25 de agosto.
Control de calidad y operativos de fiscalización
Más allá del debate tarifario, la reforma también establece condiciones estrictas para los operadores. El cobro de las tarifas dependerá del cumplimiento de parámetros verificables. Los transportistas deberán implementar el Sistema de Ayuda a la Explotación (SAE) y el Sistema de Información al Usuario (SIU) hasta el 31 de diciembre de 2026, mientras que el plazo para poner en marcha el Sistema Integrado de Recaudo (SIR) es de ocho meses.
La Agencia Metropolitana de Tránsito (AMT) ha intensificado la fiscalización bajo este contexto. Entre enero y septiembre de 2026, ejecutó 1.502 operativos al transporte público, emitiendo 6.131 citaciones que recaudaron 295.321 dólares en multas.