Fin al derroche: Noboa fija techo a remuneraciones del sector público
El gobierno de Daniel Noboa comunicó el domingo 17 de marzo de 2024 que ningún funcionario público podrá tener un salario superior al que percibe mensualmente el mandatario.
Al poner un techo a las remuneraciones en el sector público, se pone fin al derroche que afectaba las arcas fiscales, con salarios fuera de la lógica y de la realidad económica del país.
El acuerdo ministerial emitido por el ministerio de Trabajo señala que la remuneración mensual unificada de los servidores y trabajadores del sector público, que integran las instituciones del Estado, incluidas las entidades que conforman el régimen seccional autónomo y las Empresas Públicas (EP), “en ningún caso y bajo ninguna circunstancia, podrá ser igual o superior a la remuneración mensual unificada del Presidente de la República”.
Noboa percibe un sueldo mensual de 5.072 dólares.
Realidades paralelas
Un total de 1030 personas reciben sueldos superiores a los del presidente, según documentos del Ministerio de Trabajo.
Llaman la atención el sueldo de 64.845 dólares mensuales que percibe el jefe de tesorería de Celec en Esmeraldas, o los 35.231 mensuales que cobra un técnico de mantenimiento mecánico de la misma empresa en Manta.
El ministerio señala que para los efectos de la aplicación del presente Acuerdo, la Remuneración comprende, todo lo que el trabajador/a percibe por concepto de bonificaciones especiales, ordinarias o extraordinarias, primas y cualquier otra retribución ocasional o permanente, salvo el pago de viáticos, gastos de residencia, horas suplementarias o extraordinarias si el puesto o cargo lo exigiere o permitiere.
“Ni aún por Contrato Colectivo, acta transaccional, laudo de Tribunal de Conciliación y Arbitraje, se podrán establecer remuneraciones que, de manera integral, superen los límites establecidos en el presente Acuerdo”.
Posibles sanciones
El ministerio, liderado por la ministra Ivonne Núñez, señaló que “el incumplimiento de este Acuerdo por parte de las instituciones del Estado, será comunicado inmediatamente por el Ministerio del Trabajo, a la respectiva autoridad nominadora y a la Contraloría General del Estado, a efectos de que se determinen las responsabilidades y sanciones a que hubiere lugar”.