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Militar sancionado por tener hijos fuera del matrimonio será indemnizado

Militar sancionado por tener hijos fuera del matrimonio será indemnizado
Photo by Diego González / Unsplash
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La Corte Constitucional determinó que en el Ecuador es discriminatoria la imposición de sanciones por estado civil o por razones de paternidad o maternidad.

Esta sentencia se dio a favor de un miembro de la Armada del Ecuador, al que se le calificó como “no apto” para el curso de “Mando y liderazgo” por haber tenido hijos fuera del matrimonio.

Con 8 votos a favor de los jueces, el pleno del máximo organismo de control constitucional declaró la vulneración del derecho a la igualdad y no discriminación, y libertad de tomar decisiones sobre la vida sexual y reproductiva del afectado.

El militar, que según el expediente fue separado de las filas, y su familia recibirán del Ministerio de Defensa y de la Armada del Ecuador disculpas públicas, a través de un banner en la página web de ambas instituciones.

En estas deberán reconocer la obligación estatal de respetar la Constitución, en particular la protección a la igualdad y no discriminación en los procesos y programas de formación militar. Y se comprometerán públicamente a ejercer acciones para la no repetición de un hecho de discriminación como el ocurrido.

Además, tendrá una indemnización por el daño inmaterial, por las remuneraciones dejadas de percibir desde que se produjo su baja del servicio activo y los honorarios de abogado. El integrante de la armada fue impedido de su ascenso en las filas castrenses, lo que habría afectado tanto su proyecto de vida como la realización de los derechos de sus hijos.

La sentencia también ordena a los representantes del Ministerio de Defensa y al Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas a que “cumplan en velar por la igualdad material y formal de los cadetes o tripulantes en formación, asegurando el acceso y permanencia a los cadetes en ejercicio de paternidad en sus normas internas, políticas y prácticas, sin que se realicen distinciones o exclusiones en razón de hijos concebidos fuera del matrimonio”.

Así mismo, se deberán adecuar sus normas, políticas y prácticas en función de evitar actos discriminatorios de esta naturaleza en contra de hombres y mujeres.

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