# Gobierno reduce IVA al 8% para turismo en feriado de noviembre
*Medida oficializada con Decreto Ejecutivo 526 busca dinamizar la economía y fortalecer el sector turístico nacional durante las jornadas festivas.*

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- Sección: Sociedad
- Autor: Redacción Ecuador al Día
- Publicado: 2026-10-30T07:07:59.846Z
- Actualizado: 2026-10-31T23:57:53.393Z
> Nobea oficializa rebaja impositiva mediante decreto ejecutivo para incentivar consumos en hospedaje, transporte y entretenimiento durante puente festivo.

## Las claves

- El presidente Daniel Noboa firmó el Decreto Ejecutivo 526 que reduce temporalmente el IVA al 8% para servicios turísticos.
- La medida rige del sábado 31 de octubre al martes 3 de noviembre en todo el territorio nacional.
- El SRI fiscalizará la aplicación correcta de la tarifa reducida en los comprobantes electrónicos y físicos.

El presidente Daniel Noboa oficializó la reducción del Impuesto al Valor Agregado (IVA) al 8% para el sector turístico durante las jornadas de descanso por el Día de los Difuntos y la Independencia de Cuenca. La disposición, formalizada a través del Decreto Ejecutivo 526 suscrito en Guayaquil este jueves 29 de octubre de 2026, tiene como objetivo dinamizar los consumos de viajeros y fortalecer los negocios formales en el país. Esta medida tributaria temporal rige de forma continua desde el sábado 31 de octubre hasta el martes 3 de noviembre de 2026.

### Marco legal y alcance de la rebaja impositiva

La decisión cuenta con el dictamen previo favorable emitido por el Ministerio de Desarrollo Económico y Productivo, cartera rectora de las finanzas estatales. El sustento legal se encuentra en el artículo posterior al 65 de la Ley de Régimen Tributario Interno. La normativa establece que el beneficio tributario cubre exclusivamente a las prestaciones definidas en el artículo 5 de la Ley de Turismo, abarcando servicios de alojamiento, establecimientos de alimentos y bebidas, entretenimiento, agenciamiento de viajes y transporte turístico.

Adicionalmente, la legislación incluye guías certificados, centros de turismo comunitario, parques temáticos, atracciones fijas, balnearios, termas y salas de convenciones o banquetes. Para acceder a esta tarifa disminuida, los prestadores de servicios deben contar obligatoriamente con el Registro de Turismo vigente y la Licencia Única Anual de Funcionamiento por cada actividad económica que desempeñen, salvo en esquemas de unidad íntegra de negocios.

### Fiscalización del Servicio de Rentas Internas

El Decreto Ejecutivo 526 designa al Servicio de Rentas Internas (SRI) como el ente responsable de ejecutar las acciones operativas necesarias para garantizar el cumplimiento de la tarifa reducida. Esta entidad supervisará que los comprobantes electrónicos y físicos reflejen correctamente la disminución impositiva a los clientes en todo el territorio ecuatoriano, coordinando su implementación técnica con el Ministerio de Desarrollo Económico y Productivo, tema que ya cubrimos en [Gobierno reduce IVA al 8% en turismo para feriado de Octubre con objetivo de dinamizar la economía](/noticia/gobierno-reduce-iva-al-8-en-turismo-para-feriado-de-octubre-con-objetivo-de-dina).

Los negocios registrados deberán actualizar sus sistemas de facturación para cobrar la tarifa reducida al 8% en lugar del precio normal durante las cuatro jornadas señaladas. Esta iniciativa gubernamental busca incentivar los traslados internos y abaratar los costos de recreación, consolidando el compromiso del Ejecutivo con el desarrollo económico sostenible y la formalización empresarial.
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Fuente original: https://ecuadoraldia365.com/noticia/gobierno-reduce-iva-al-8-para-turismo-en-feriado-de-noviembre