Bancadas dan la espalda a posible destitución de Lasso
El informe sobre el caso ‘Pandora Papers’ está en stand by. La presidenta de la Asamblea, Guadalupe Llori (PK), aun no convoca al Pleno para una resolución, pero la mayoría de bancadas se desmarcó de las conclusiones de la Comisión de Garantías Constitucionales.
Si bien el documento no tiene carácter de vinculante para el Pleno, una resolución depende de 70 votos. Los pronunciamientos de la mayoría de las bancadas dieron la espalda al correísmo, que pretende llevar a la destitución del presidente Guillermo Lasso, a quien acusan de haber incumplido la ley que desde 2017 prohíbe a funcionarios y candidatos tener inversiones en paraísos fiscales.
Las reacciones continuaron este 8 de noviembre del 2021. Mientras el presidente de la Comisión, José Cabascango (Pachakutik) defendió el texto, su coideario, Edgar Quezada, denunció que el documento fue alterado minutos antes de ser aprobado.
“Miro que a último segundo cambian dos situaciones que no debieron haber cambiado y que por lo que se acordó en un primer momento por el que íbamos a votar los cuatro compañeros del movimiento Pachakutik”, señaló.
Quezada, aunque votó a favor del informe en la Comisión, expresó su desacuerdo con que se haya incluido la figura de “conmoción social” en las conclusiones. “No había una justificación de conmoción social. No estuvo incluido y a último segundo lo incluyó el Presidente de la Comisión”.
El coordinador del bloque del Partido Social Cristiano (PSC), Esteban Torres, mencionó que “la justificación de conmoción interna ha sido claramente identificada por la Corte Constitucional en dos dictámenes, y en este caso específico no se ajusta a lo que estamos viendo”.
Sin Pachakutik y el PSC, con quienes ha coincidido en varias votaciones, el correísmo no podría avanzar en su pretensión de que se apruebe el informe, como paso previo a una posible destitución sumaria de Lasso, en cuyo caso se requiere de 92 votos en el Pleno.
El jefe de bloque de la Izquierda Democrática (ID), Alejandro Jaramillo, también puso reparos al informe de la Comisión. “Yo me haría una pregunta, si efectivamente estamos viviendo una conmoción en este momento (…). Tenemos que trabajar la Asamblea Nacional con el Ejecutivo, hoy no podemos estar viviendo o pretendiendo vivir en un caos”, dijo.
La Ley Legislativa no estipula un plazo específico para que el Pleno sea convocado por este tema, pero Juan Fernando Flores, coordinador de la Bancada del Acuerdo Nacional (BAN), que agrupa a Creo e independientes, cree que no habrá los votos para desestabilizar al Gobierno.
“Hay una intención de generar una situación de inestabilidad y, sobre todo, buscan desde esta Asamblea Nacional que sea la que se preste para esto. Pero creo que el mensaje ha sido claro: BAN, PSC, ID y la gran mayoría de Pachakutik no nos vamos a prestar, de ninguna manera, para el juego contra la democracia”, aseveró.
El primer vicepresidente de la Asamblea, Virgilio Saquicela, y Gruber Zambrano (exPSC), también son parte del BAN. Ellos presentarán al Pleno un informe de minoría para que se archive esta investigación, que fue dispuesta con 105 votos en octubre pasado.
“La expresión ‘grave conmoción social’ implica una situación de levantamiento y de grave alteración del orden público. Sorprende el uso de esa terminología cuando no se han registrado alteraciones del orden público generadas en el país por el asunto, ni ha debido destinarse especial atención de la fuerza pública para contener hecho alguno que se asemeje a una situación como la que hace referencia dicha expresión”, indica el informe de minoría.
A diferencia de un juicio político, de acuerdo al art- 130.2 de la norma suprema no estipula que la Asamblea requiera un dictamen de la Corte Constitucional para destituir al Primer Mandatario “por grave crisis política y conmoción interna”.
Los constitucionalistas André Benavides y Emilio Suárez concuerdan en que la Corte no tiene competencia para actuar en este caso. Sin embargo, creen que no se configura la causal para destituir a Lasso, ya que no se cumple con los requisitos que ha dictado este tribunal como cuando analizó la constitucionalidad de los decretos de estado de excepción por la crisis carcelaria.
“Me parece que no se cumplirían esos requisitos. Sin embargo, esa es solamente una definición que la Corte ha hecho. Pero para aplicar el 130.2 no se requiere pasar por la Corte. Entonces esos criterios o esta conmoción interna queda a juicio de la Asamblea”, puntualizó Suárez.
Acotó que “es un informe que no tiene el más mínimo sustento. Me parece que es un informe elaborado con base a conjeturas y no a evidencias probatorias”.